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Correo enviado a Hacienda:

De: Daniel Arias
Enviado el: lunes, 30 de septiembre de 2019 03:09 p.m.
Para: Ministerio de Hacienda
Asunto: Tipo de cambio de venta de referencia del Banco Central de Costa Rica

30 de septiembre de 2019.

Señores.

Ministerio de Hacienda.

Estimados señores, espero se encuentren muy bien, quería consultarles lo siguiente:

Si me emiten una factura electrónica por una compra realizada en dólares, pero en el XML se indica un tipo de cambio distinto al tipo de cambio de venta de referencia del Banco Central de Costa Rica.

¿Debo rechazar la factura señalando como motivo que en el XML se debe indicar el tipo de cambio de venta de referencia del Banco Central de Costa Rica?

Muchas gracias por su ayuda,

Quedo a la espera de su pronta respuesta por este mismo medio.

Pedro Edited question 24/10/2019
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Respuesta de Hacienda:

Asunto: RE: Tipo de cambio de venta de referencia del Banco Central de Costa Rica
De: Ministerio de Hacienda
Fecha: 02/10/2019 07:13 a. m.
Para: Daniel Arias

Buenos días, se le indica que al respeto la norma señala.

Artículo 15- Base imponible en operaciones en moneda distinta al colón

En las operaciones, cuya contraprestación se haya fijado en moneda o divisa distintas al colón, se aplicará el tipo de cambio de venta de referencia del Banco Central de Costa Rica, que esté vigente en el momento en que se produce el respectivo hecho generador.

Por lo cual lo correcto es que en las facturas se utilice el tipo de cambio de venta de referencia del Banco Central de Costa Rica.

Saludos,

De: Daniel Arias
Enviado el: miércoles, 02 de octubre de 2019 10:29 a.m.
Para: Ministerio de Hacienda
Asunto: Re: Tipo de cambio de venta de referencia del Banco Central de Costa Rica

Muchas gracias por su pronta respuesta.

Pero a veces existe lo correcto, lo incorrecto y lo neutral.

¿La pregunta es si debo rechazar la factura?

¿Si acepto la factura estaría siendo cómplice de incumplimiento de la ley?

Asunto: RE: Tipo de cambio de venta de referencia del Banco Central de Costa Rica
De: Ministerio de Hacienda
Fecha: 02/10/2019 01:24 p. m.
Para: Daniel Arias

Buenas tardes, se le indica que la ley estable cual es el tipo de cambio que se debe de utilizar por lo cual si no se está cumpliendo debe de rechazarla, aún más si se le está causando un perjuicio a la Hacienda Pública.

Saludos,

Pedro Edited answer 24/10/2019

Muchas gracias por compartirlo.

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