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De: Daniel Arias
Enviado el: martes, 16 de junio de 2020 17:49
Para: Exoneraciones; Factura TI
Asunto: Porcentaje de Exoneración de 50%

16 de junio de 2020.
Señores.
Ministerio de Hacienda.
Exoneraciones.

Estimados señores, espero se encuentren muy bien, tengo una duda y confío me puedan ayudar a resolverla.

En los comprobantes electrónicos el dato “PorcentajeExoneracion” corresponde a un número entero de tres dígitos, como se muestra a continuación:

Etiqueta: PorcentajeExoneracion
Nombre: Porcentaje de la Exoneración
Tipo: Integer
Tamaño: 3
Descripción: Este campo será de condición obligatoria, cuando se incluya información en el campo “Tipo de exoneración”. Debe de indicarse el porcentaje otorgado de exoneración.

Con el cambio en las exoneraciones para el 1 de julio de 2020, ¿existe la posibilidad de que algún porcentaje de exoneración no corresponda a un número entero? Por ejemplo, que actualmente exista una exoneración de un 50% en algún tipo de exoneración especial y que a partir del 1 de julio de 2020 sea necesario indicar en “PorcentajeExoneracion” 6.5%


Tipos de Documentos de exoneración o autorización:
Compras autorizadas = 01
Ventas exentas a diplomáticos = 02
Autorizado por Ley especial = 03
Exenciones Dirección General de Hacienda = 04
Transitorio V = 05
Transitorio IX = 06
Transitorio XVII = 07
Otros = 99

Muchas gracias por su ayuda,

Quedo a la espera de su pronta respuesta por este mismo medio.

Pedro Answered question 23/06/2020
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De: Claudio Ulloa Loria
Enviado el: miércoles, 17 de junio de 2020 08:37 a. m.
Para: Daniel Arias
Asunto: RE: Porcentaje de Exoneración de 50%

Bueno días, en cuanto a las exoneraciones emitidas por la Dirección General de Hacienda mediante el sistema Exonet exclusivamente las del código 04, todas serán con porcentajes de números enteros, no se emiten exoneraciones parciales o con decimales en su porcentaje.

Ej.

Exoneración total porcentaje = 13
Tarifa reducida del 1% para insumos agropecuarios y canasta básica a partir del 01/07/2020 = Exoneración del 12% de 13%
Tarifa reducida del 2% para insumos médicos = exoneración del 11% del 13%
Tarifa reducida del 4% para proyectos CFIA del 01/07/2020 al 30/06/2021 = exoneración del 9% del 13%

Saludos
__________________
Claudio Ulloa Loría
Depto. de Gestión de Exenciones
División de Incentivos Fiscales, DGH

Pedro Answered question 23/06/2020

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