¿Cuál es la tarifa que se debe usar al venderle a las Municipalidades?, además, ¿aplica para crédito fiscal?
Buenas,
Al igual que la CCSS, las municipalidades están exentas del IVA (ver también Art. 9, numerales 1. y 2. de la Ley 9635).
Esto sí y si no estoy equivocado, hay que hacer un trámite en Exonet (ver resolución de Hacienda RES-DGH-039-2019 sobre la emisión de Órdenes especiales).
Y sí, facturas exentas (OjO: no es igual a exoneradas), tienen derecho a crédito.
Saludos,
Sebastian
La CCSS y las Municipalidades son “no sujetas”, todo se les factura con tarifa 0, excepto para los articulos o servicios que son exentos, para los cuales se omite del todo el nodo de impuesto en el Xml. Todas las compras realizadas para ventas a la CCSS y las Municipalidades dan derecho a crédito fiscal, pero también se pueden solicitar exoneraciones para comprar sin el pago del impuesto, todas las exoneraciones que se dan actualmente son del 100%.